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Áreas de Práctica

Un enfoque multidisciplinario fundamentado en la doctrina y la experiencia

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Derecho Civil y Comercial

Blindamos tus intereses patrimoniales y contractuales. Desde la redacción de contratos complejos hasta la gestión de obligaciones, brindamos seguridad jurídica preventiva para evitar conflictos futuros.

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02

Derecho Laboral

Asesoramiento estratégico en la gestión de vínculos laborales. Representamos tanto a empresas como a trabajadores en negociaciones, despidos e indemnizaciones, con un enfoque en la resolución ágil.

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03

Litigios, Familia y Sucesiones

Defensa técnica y humana en los momentos más críticos. Gestionamos procesos sucesorios, conflictos familiares y litigios civiles con el rigor doctrinario que tu caso requiere.

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04

Derecho Administrativo & Público

Defensa estratégica ante la Administración Pública. Gestionamos recursos, licitaciones y reclamos contra el Estado, analizando la legalidad y legitimidad de los actos administrativos bajo la lupa de la jurisprudencia actual.

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05

Derecho Tributario & Fiscal

Planificación fiscal inteligente y defensa del contribuyente. Te representamos en inspecciones y litigios tributarios, cuestionando determinaciones fiscales con sólidos argumentos de derecho constitucional y financiero.

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06

Derecho Digital & Propiedad Intelectual

Protección de activos intangibles en la era de la información. Asesoramos en registro de marcas, protección de datos personales y regulaciones emergentes sobre el uso de Inteligencia Artificial y software.

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Despido sin causa: ¿Qué conceptos deben incluirse en mi liquidación final? ¿Fuiste despedido verbalmente o por carta documento? Conozca los rubros indemnizatorios obligatorios según la Ley de Contrato de Trabajo y evite firmar acuerdos desventajosos. El despido arbitrario o "sin causa" es una de las situaciones más angustiantes que puede atravesar un trabajador. Más allá del impacto emocional, existe una urgencia económica: asegurarse de cobrar exactamente lo que la ley manda. En IA Legal Ruiz, notamos frecuentemente que muchos trabajadores aceptan liquidaciones inferiores a las que les corresponden por desconocimiento o por la presión del momento. A continuación, detallamos los conceptos que obligatoriamente deben figurar en su liquidación final según la Ley de Contrato de Trabajo (LCT 20.744) vigente en Argentina. 1. Indemnización por Antigüedad (Art. 245 LCT) Es el rubro más importante. La ley establece que le corresponde un mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor de tres meses. La base de cálculo: Se debe tomar la mejor remuneración mensual, normal y habitual devengada durante el último año. El tope: Tenga en cuenta que existen topes según el convenio colectivo, pero la Corte Suprema (caso Vizzoti) ha establecido límites constitucionales para que este tope no sea confiscatorio. 2. Indemnización sustitutiva de Preaviso Si el empleador lo despide de un día para el otro, sin avisarle con anticipación, debe pagarle el tiempo que no le avisó. 1 mes de sueldo: Si tiene menos de 5 años de antigüedad. 2 meses de sueldo: Si tiene más de 5 años de antigüedad. 3. Integración del mes de despido Si el despido ocurre un día que no es el último del mes (por ejemplo, lo despiden el día 10 de abril), el empleador debe pagarle todos los días restantes hasta completar ese mes, como si hubiera trabajado. 4. Días trabajados, Vacaciones y Aguinaldo (SAC) Independientemente de la indemnización, usted debe cobrar: Los días que trabajó efectivamente ese mes hasta el despido. El SAC Proporcional (la parte del aguinaldo que se acumuló hasta ese día). Las Vacaciones no gozadas (también se pagan proporcionalmente al tiempo trabajado en el año). ¿Qué pasa si estaba "en negro" o mal registrado? Aquí es donde la situación cambia drásticamente. Si su relación laboral no estaba registrada (trabajo en negro) o estaba registrada deficientemente (fecha de ingreso posterior a la real o sueldo declarado menor al real), las multas a favor del trabajador pueden duplicar o triplicar el monto de la indemnización. Consejo Profesional: Nunca firme una liquidación final ni renuncie al empleo sin antes consultar a un abogado si sospecha que sus derechos están siendo vulnerados. ¿Necesita asesoramiento inmediato? En IA Legal Ruiz revisamos su telegrama de despido y calculamos su liquidación exacta sin compromiso inicial.
Cuota alimentaria y régimen de comunicación: Mitos y verdades tras una separación. ¿Es cierto que la cuota es siempre el 20% del sueldo? ¿Qué gastos cubre realmente? Aclaramos las dudas más frecuentes sobre los derechos de sus hijos y cómo proteger su valor frente a la inflación.ras una separación o divorcio, el bienestar de los hijos debe ser la prioridad absoluta. Sin embargo, la falta de información clara suele generar conflictos innecesarios entre los progenitores. En IA Legal Ruiz, recibimos consultas diarias de padres y madres preocupados por cómo organizar la nueva dinámica familiar y económica. A continuación, desmitificamos los conceptos más importantes sobre la cuota alimentaria en Argentina. Mito 1: "La cuota es siempre el 20% o 30% del sueldo" Falso. No existe una "tablita" fija en la ley. El Código Civil y Comercial establece que la cuota debe fijarse teniendo en cuenta dos factores fundamentales: Las necesidades reales del hijo/a: No gasta lo mismo un bebé (pañales, leche) que un adolescente (secundaria, club, salidas). El caudal económico del alimentante: Se evalúa la capacidad de pago del progenitor que debe pasar la cuota. El porcentaje es una referencia habitual en los juzgados, pero el monto final dependerá de cada caso particular y del nivel de vida que el niño tenía antes de la separación. ¿Qué cubre la cuota alimentaria? Muchos creen que "alimentos" se refiere solo a la comida. La ley es mucho más amplia. La prestación debe cubrir: Manutención diaria. Educación (escuela, útiles, matrícula). Salud y vestimenta. Esparcimiento y vivienda. El problema de la inflación: ¿Cómo actualizar la cuota? En nuestro contexto económico, una cuota fija en pesos queda desactualizada en pocos meses. Para evitar juicios constantes por aumento de cuota, en IA Legal Ruiz recomendamos pactar mecanismos de ajuste automático, como por ejemplo: Un porcentaje directo del sueldo (si trabaja en relación de dependencia). Índices oficiales (IPC/Indec). Valor de referencia (ej: valor de la cuota del colegio o del SMVM). Régimen de Comunicación (antes llamado "Visitas") El derecho a mantener un vínculo fluido es del niño, no de los padres. El régimen debe ser organizado pensando en la rutina del menor, no en la comodidad de los adultos. Hoy en día se priorizan los regímenes amplios o el Cuidado Personal Compartido, donde el hijo pasa tiempos equivalentes con ambos padres, lo cual también impacta en el cálculo de la cuota alimentaria. Importante: El incumplimiento del pago de la cuota alimentaria puede derivar en sanciones graves, desde la inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios hasta la prohibición de salir del país o renovar la licencia de conducir. ¿Necesita regularizar su situación familiar? Ya sea para reclamar una cuota justa, actualizar un monto desvalorizado o establecer un régimen de comunicación, podemos ayudarle a llegar a un acuerdo o representarlo judicialmente.
S.A., S.R.L. o S.A.S.: ¿Cuál es la estructura jurídica ideal para su empresa?¿Sigue operando como Monotributista o Responsable Inscripto? Descubra cómo proteger su patrimonio personal separándolo del riesgo empresarial y qué tipo de sociedad se adapta mejor a su negocio en Argentina.
Muchos emprendedores inician su camino como monotributistas o autónomos. Sin embargo, a medida que el negocio crece, mantener toda la actividad bajo su nombre personal implica un riesgo altísimo: usted responde con todo su patrimonio (casa, auto, ahorros) ante cualquier juicio laboral o comercial. En IA Legal Ruiz, asesoramos a empresas en su transición hacia la formalidad societaria. A continuación, analizamos las tres figuras más utilizadas en Argentina para que evalúe cuál se ajusta a su realidad. 1. S.R.L. (Sociedad de Responsabilidad Limitada) Es la opción histórica y más segura para PYMES familiares o de pocos socios. Ventaja principal: La administración es más sencilla y menos costosa que en una S.A. Capital: Se divide en "cuotas". Ideal para: Negocios donde los socios se conocen bien y quieren limitar la entrada de terceros extraños a la empresa. 2. S.A. (Sociedad Anónima) Es la estructura pensada para empresas de mayor envergadura o que proyectan un gran crecimiento. Ventaja principal: Prestigio comercial y facilidad para transferir acciones. Si un socio quiere vender su parte, puede hacerlo libremente sin modificar el contrato social. Contras: Requiere mayores formalismos contables, directorios y asambleas, lo que eleva el costo de mantenimiento. Ideal para: Empresas que planean buscar inversores externos o licitar con el Estado. 3. S.A.S. (Sociedad por Acciones Simplificada) Creada para fomentar el emprendedurismo, es una herramienta moderna y ágil que permite constituir una sociedad de manera digital y rápida. Ventaja principal: Flexibilidad total. Permite libros digitales y un objeto social amplio (puede dedicarse a varios rubros a la vez). Capital: El capital mínimo para constituirla es muy bajo (dos salarios mínimos). Actualidad: Aunque tuvo restricciones administrativas en años anteriores (especialmente en CABA), sigue siendo una opción muy potente para startups tecnológicas y negocios digitales. ¿Por qué es urgente constituir una sociedad? La razón número uno es el "Velo Societario". Al crear una S.A., S.R.L. o S.A.S., nace una "persona jurídica" distinta a usted. Si la empresa tiene un juicio laboral o una deuda impagable, responde la empresa con su capital, protegiendo (salvo casos de fraude) los bienes personales de los socios. El error más común: Esperar a tener un problema legal para querer armar la sociedad. La protección debe ser preventiva. Diseñamos la arquitectura legal de su negocio No baje un estatuto modelo de internet. Cada empresa tiene reglas de juego diferentes entre sus socios. En IA Legal Ruiz redactamos contratos a medida para prevenir conflictos futuros.
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